§1. ATS de 19 de noviembre de 1996. Apoderamiento en el arbitraje comercial internacional. Concepto de convenio arbitral y rebeldía por conveniencia.
§2. ATS de 4 de marzo de 1997. Exequatur de laudo arbitral. Doctrina sobre el orden público. El derecho a utilizar los medios de prueba y la motivación del laudo arbitral: aplicación de la doctrina constitucional.
§3. ATS de 27 de mayo de 1997. Rebeldía por conveniencia. Su conceptuación.
§4. ATS de 17 de febrero de 1998. Principio de eficacia máxima del CNY. Presupuestos formales y materiales para proceder al exeqúatur. La carga de la prueba corresponde a quien se opone al exeqúatur. Nulidad del convenio arbitral. No procede: aplicación del CNY. Concepto de orden público.
§5.
STJ de la CE de 17 noviembre de 1998. El
art. 5 núm 1 Convenio de Bruselas de 1968 sobre la competencia judicial y la
ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, debe
interpretarse en el sentido de que el Tribunal competente en virtud de esta
disposición es también competente para adoptar medidas provisionales o
cautelares, sin que esta última competencia esté supeditada a otros
requisitos. Cuando las partes han sustraído válidamente un litigio derivado de
un contrato a la competencia de los Tribunales estatales para atribuirlo a un órgano
arbitral, no pueden adoptarse medidas provisionales o cautelares basándose en
lo dispuesto en el núm. 1 artículo 5 Convenio de 27 de septiembre de 1968.
§ 6. ATS de 16 de abril de 1996. Improcedencia de laudo arbitral pronunciado en Francia. Desestimación por Tribunal de París de recurso de anulación interpuesto contra el mismo. Falta de reconocimiento de esta sentencia desestimatoria por la jurisdicción española e inexistencia del acuerdo arbitral que es presupuesto o premisa del laudo.
§ 7. STS de 28 de enero de 1998. Inexistencia de convenio arbitral: no formalización por escrito.
§ 8. ATS de 5 de mayo de 1998. Laudo dictado por la Corte Arbitral de París: procedencia en la aplicación del Convenio de Nueva York en lugar del Convenio celebrado entre España y Francia en materia de reconocimiento y ejecución de sentencias y actas auténticas en materia civil y mercantil.
§ 9. ATS de 5 de mayo de 1998. Laudo dictado por la Cámara de Comercio Internacional de París: irrelevancia de la declaración de suspensión de pagos de la Sociedad condenada en el laudo.
§ 10. ATS de 5 de mayo de 1998. Laudo arbitral dictado por el Tribunal Arbitral de la GAFTA (Asociación Internacional para el comercio de piensos y granos). Aplicación del Reglamento de Arbitraje de la GAFTA.
§ 11. ATS de 26 de mayo de 1998. Laudo arbitral dictado en Estrasburgo. Reconocimiento y ejecución. Improcedencia. Falta de prueba de la existencia del acuerdo compromisorio.
§ 12. ATS de 9 de junio de 1998. Inexistencia de violación del orden público. Pronunciamiento de la resolución sin infracción del litisconsorcio pasivo necesario. Rechazo motivado del recurso de apelación intentado contra el laudo arbitral.
§ 13. ATS de 7 de julio de 1998. Laudo arbitral dictado por la Cámara Arbitral de París: aplicación del Convenio de Nueva York de en lugar del Convenio entre España y Francia en materia de reconocimiento y ejecución de sentencias y actas auténticas en materia civil y mercantil.