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CONSTITUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN PRO JURADO Y ÓRGANOS

 


 

INFORMACION SOBRE LA ASOCIACION PRO JURADO

1.- Constitución de la Asociación.

En Madrid a 19 de junio de mil novecientos ochenta y uno.

Reunidas, en la c/ General Álvarez de Castro nº 15 - 1º Dcha. , las siguientes personas:

1. - DON GUSTAVO LOPEZ MUÑOZ Y LARRAZ, mayor de edad, casado, abogado, con domicilio en la c/ Ferraz, 49, con DNI. nº. 1379490, expedido en Madrid, el 25 de enero de 1980.

2. - DON CARLOS USUA GARCIA, mayor de edad, soltero, con domicilio en Pº. de la Castellana, 202, con DNI. nº. 346734, expedido en Madrid, el 3 de julio de 1979.

3. - DON MIGUEL CID CEBRIAN, mayor de edad, casado, abogado, con domicilio en la  c/ General Álvarez de Castro, 15, con DNI. nº 7912315, expedido en Madrid, el 28 de mayo de 1981.

Todos ellos vecinos de Madrid, de nacionalidad española y con capacidad legal suficiente:

-EXPONEN -

PRIMERO.- Que es su deseo constituirse asociativamente y con plena voluntad par servir un fin determinado y lícito consistente en la constitución de la Asociación denominada

"ASOCIACION PRO-JURADO", de acuerdo con la Ley de 24 de diciembre de 1964.DON MIGUEL CID CEBRIAN para que la presente ante la Autoridad correspondiente.

SEGUNDO.- Que a tal fin aprueban por unanimidad los Estatutos por los que ha de regirse la Asociación que en prueba de conformidad firman todos los presentes.

TERCERO.- Se aprueba igualmente la documentación exigida para los trámites de constitución se faculta a

Los asistentes constituidos en Junta Fundacional hasta tanto sean aprobados los Estatutos de la Asociación, firman en prueba de conformidad y por triplicado la presente acta en el lugar y fecha antes indicado.

Fdo. Gustavo López-Muñoz y Larraz, Carlos Usúa García y Miguel Cid Cebrián.

Serán fines de la Asociación: Promover el ordenado desarrollo legislativo del artículo 125 de la Constitución Española de 1978, y por tanto:

1.. Instar de los poderes públicos con iniciativa legislativa la elaboración de los proyectos de Ley o modificaciones legales relativas al Tribunal del Jurado.

2.. Recabar de los partidos y organizaciones políticas, entes autonómicas, provinciales o locales, Colegios Profesionales, Reales Academias, entidades y asociaciones socio-culturales, colectividades varias y personas físicas y jurídicas, apoyo para la instauración del jurado en nuestro país.

3.. Difundir a través de los medios de comunicación social los fundamentos justificativos de la institución del jurado.

4.. Organizar todo tipo de actos culturales con idéntico fin.

5.. Realizar a los mismos fines publicaciones impresos y audiovisuales.

6.. Premiar a quien se destaque en sus actividades en defensa de la Institución del Jurado, y

7.. Realizar cualesquiera otras actividades lícitas que tengan directa relación con todo lo anterior.

El domicilio de la Asociación se fija en la c/ General Álvarez de Castro, 15 - 1º Dcha. de esta capital.

Quienes aspiren a ingresar como socios de número deberán cumplir los requisitos y trámites siguientes:

1.. Ser mayor de edad y hallarse en posesión de sus derechos civiles, sin distinción de sexo.

2.. Formalizar solicitud de ingreso.

3.. Una vez aprobada la solicitud de su ingreso, formalizar el mismo en la forma y plazo que le sea notificado.

Todos los socios tendrán derecho:

1) A disfrutar de los servicios y ventajas de la Asociación, participar en los actos y actividades que en ella se celebren u organicen y ejercitar cuantos derechos se le concedan en estos Estatutos o se acuerden por la Junta Directiva, en cada caso o la Ley les otorgue.

2) Asistir con voz y voto a las Asambleas Generales y designar y ser designado para el desempeño de cargos en la Junta Directiva, y Comisiones o Sesiones que dentro de la Entidad se nombren para los fines que cada caso determinen.

3) A proponer a la Junta Directiva cualquier sugerencia que pueda estimar de interés, e igualmente podrá formular cualquier queja, reclamación u observación.

Sus órganos rectores serán la Asamblea o Junta General de asociados y, en su representación, la Junta Directiva.

La Junta Directiva está compuesta por un Presidente, un Vicepresidente 1º y un Vicepresidente 2º, un Secretario, un tesorero-contador y cinco Vocales numerados del 1 al 5. Estos cargos serán obligatorios, honoríficos y gratuitos.

La duración de los cargos de la Junta Directiva, será de cuatro años, pudiendo sus miembros ser reelegidos para los cargos que venían ocupando. La Junta habrá de renovarse por mitad cada dos años, renovándose en primer turno los cargos de Presidente, Vicepresidente 2º, Secretario, y Vocales impares, y en segundo turno los restantes miembros. Por tanto excepcionalmente, los cargos que se han expresado deben de renovarse en primer turno, sólo tendrán una duración de dos años la primera vez que se designe.

La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

1ª .- La plena representación legal de la Asociación, representada, a su vez por el Presidente.

Las Asambleas o Juntas Generales serán Ordinarias y Extraordinarias. La Asamblea ordinaria se reunirá una vez al año, precisamente dentro de los seis primeros meses y la Asamblea extraordinaria, cuando lo juzgue oportuno la Junta Directiva, cuando razones urgentes lo aconsejaran o cuando lo soliciten por escrito un número de socios no inferior al 10%. Además en todo caso, será necesaria la convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria para proceder a la modificación de Estatutos, destitución de Directivos de la Asociación o cualquier cuestión de índole excepcional que a juicio de la Junta Directiva así lo requiriera.

La Asamblea General, que será el órgano expresivo de la voluntad de los socios, estará constituida por los socios que, cumpliendo las condiciones establecidas, tengan derecho a voto y se hallen al corriente de sus obligaciones.

Los recursos de la Asociación para el desenvolvimiento de sus fines constituirán en las cuotas mensuales que sean pagadas por los socios; en los donativos, subvenciones o legados de forma incondicional, etc., que pueda percibir publico o privadamente; en las rentas que puedan producir sus bienes o en las aportaciones extraordinarias que en casos especiales a juicio de la Asamblea General, puedan ser solicitadas de los socios.

2. - Órganos

Presidente: Miguel Cid Cebrián

Vicepresidentes: Antonio Lorca Navarrete (Delegado en El País Vasco)

Manuel Lozano-Higuero Pinto (Delegado en Cantabria)

Secretaria - Tesorera: Mª del Mar Cid Velasco

Vocales:

a.. Natalia Esteban-Zazo Gómez.- Delegada en Castilla-La Mancha

b.. Pilar de Paúl.- Delegada en Madrid.

c.. Leopoldo López Cacenave.- Delegado en Extremadura y Andalucía

d.. Juan Ignacio Sardá.- Delegado en Cataluña

e.. José Luis Iglesias Sequeiro.- Delegado en la Comunidad Valenciana y Murcia

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