- Rápido: El laudo arbitral se obtiene con arreglo a los plazos indicados en la CORTE VASCA DE ARBITRAJE y que, en ningún caso, pueden superar los seis meses desde la aceptación del árbitro. Al ser las actuaciones escritas, salvo que exepcionalmente tenga lugar algún tipo de audiencia ante el árbitro, no hay necesidad de personación de las partes.
- Económico: La CORTE VASCA DE ARBITRAJE sólo solicita provisión de fondos por una parte de sus honorarios. La parte condenada paga, como regla general, las costas arbitrales y, en su caso, las de ejecución. No se devengan honorarios de abogado y procurador.
- Eficaz: El laudo arbitral se ejecuta judicialmente, igual que una sentencia.
- Bilateral: Cualquiera de las partes podrá instar el arbitraje para hacer valer sus derechos.
- Flexible: Las partes tienen la posibilidad de llegar a acuerdos durante las actuaciones arbitrales.
- Independiente e Imparcial: Tanto la CORTE VASCA DE ARBITRAJE como los árbitros actúan de manera independiente e imparcial.
- Confidencial: Todos las actuaciones arbitrales administradas por la CORTE VASCA DE ARBITRAJE son totalmente confidenciales.
- Online: Posibilidad de consulta online del estado de expedientes.
LA ADHESION AL SISTEMA ARBITRAL DE LA CORTE VASCA DE ARBITRAJE NO GENERA NINGUN COSTE ADICIONAL NI MAS GARANTIAS QUE LAS QUE LAS PROPIAS PARTES AFECTADAS POR LA CONTROVERSIA GENEREN ENTRE SI.
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