Advertencia: El enjuiciamiento en justicia de la instancia a quo a través de la sentencia no se agota con la declaración jurisdiccional del derecho, sino que puede comprender también la condena. Conjuntamente con el derecho declarado jurisdiccionalmente surge su ejecución en las hipótesis de condena en la instancia procesal a quo en la que no sea atendido voluntariamente su cumplimiento por el condenado. En estos casos, la demanda de tutela judicial efectiva comporta, inesquivablemente, el ejercicio funcional de la jurisdicción en orden a “ejecutar lo juzgado” (arts. 117.3. de la Constitución) en “sus propios términos” (art. 18.2. LOPJ).