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LECTURA CONSTITUCIONAL DE LA LEGITIMATIO AD PROCESSUM

No cabe duda que la ley de enjuiciamiento civil ha despertado la conciencia garantista de sus aplicadores y estudiosos; circunstancia que, sin duda, puede ser calificada de acontecimiento inédito en nuestra más reciente historia del procesalismo en la que el logro de una justicia efectiva vinculada, inexorablemente, con el deseo de plenitud de garantías procesales, va a suponer decantarse por una opción no meramente instrumental sino efectiva del reconocimiento de la garantía procesal de la legitimatio ad processum por hallarse comprendida en la exigencia de tutela judicial efectiva que, como correlativa con la existencia de una concreta pretensión civil (artículo 5 de la ley de enjuiciamiento civil), se proyecta en una específica “personalidad procesal” para actuarla mediante su reconocimiento a “todas las personas” con el fin de que esa “persona procesal” pueda “obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales” (artículo 24.1. de la Constitución).
 
Con arreglo a la Constitución, se garantiza que la “persona procesal” pretensione tutela judicial efectiva, mediante el ejercicio de una determinada pretensión, frente a otro. Y es así porque la Constitución garantiza a los sujetos en el proceso civil, la legitimatio ad processum para actuar valida y eficazmente como partes en el mismo en orden a la obtención de tutela judicial efectiva (artículo 24.1. de la Constitución). Existe, sin dudar, una la lectura constitucional de la legitimatio ad processum.
 
Por tanto, se puede concluir que la obtención de tutela judicial efectiva mediante el ejercicio de una concreta pretensión, supone quedar afectado por la lectura constitucional de la legitimatio ad processum que ha de permitir su obtención de los tribunales por quien es “persona procesal” y, por tanto, siempre que quién pretensione ante el tribunal se halle valida y eficazmente personado como parte en el proceso civil. En definitiva, que sea una persona procesal.
 
Autor del comentario de doctrina: Antonio María Lorca Navarrete. Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad del País Vasco (España). El comentario de doctrina procesal forma parte del libro de su autor CONSTITUCIÓN Y LITIGACIÓN CIVIL. En concreto, de su capítulo II. ISBN 978-84-946636-8-0. 


 
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