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IN MEMORIAM PROF. DR. JOSÉ ALMAGRO NOSETE

 In memoriam Pof. Dr. D. José Almagro Nosete

El veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve se procedió a la realización de un acto académico IN MEMORIAN DEL Prof. Dr. JOSÉ ALMAGRO NOSETE organizado por la Cátedra que ostenta el Prof. Dr. Antonio María Lorca Navarrete, Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad del País Vasco/EHU en el Salón de Grados de la Facultad de Derecho de San Sebastián de la Universidad del País Vasco/EHU.
El acto académico fue presentado por el Prof. Dr. Antonio María Lorca Navarrete que, tras agradecer con especial cariño y admiración la presencia en el mismo de la viuda del Prof. Dr. Almagro Nosete, la Profa. Dra. Luz Castillo glosó tanto la cualificación personal como académico del Prof. Dr. Almagro Nosete. Tras su intervención el Prof. Dr. Lorca Navarrete, que presidió el acto, dio el turno de intervención al Prof. Dr. D. Manuel Lozano-Higuero Pinto, Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Cantabria que dedicó palabras de profundo agradecimiento al Maestro Almagro Nosete por el magisterio recibido reafirmando, como no podía ser de otro modo, su cualidad que, como Maestro, ejerció sobre todos los que integramos la mesa de este importante acto académico. A continuación, el Prof. Dr. Lorca Navarrete dio la palabra al Prof. Dr. D. Juan Manuel Alonso Furelos, Prof. Titular de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) que, con brillantez expositiva realizó un interesante recorrido histórico-académico acerca de la existencia de escuelas procesalistas en nuestro país tanto en tiempo pretérito como en la actualidad, aludiendo en concreto a la que ya es conocida como ESCUELA GARANTISTA DE DERECHO PROCESAL propugnada por el Prof. Dr. Almagro Nosete. En tercer lugar, el Prof. Dr. Lorca Navarrete concedió la palabra al Prof. Dr. D. Pablo Saavedra Gallo, Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de las Palmas de Gran Canaria que realizó una espléndida exposición acerca de los pilares metodológicos en los que se sustenta la que ya es conocida como ESCUELA GARANTISTA DE DERECHO PROCESAL. Aludió a la importante obra del Prof. Dr. Almagro Nosete publicada en 1970 en la Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense en la que el Prof. Dr. Almagro ya planteó a nivel metodológico y en una etapa muy anterior a la vigente Constitución, el concepto de libre acceso a la Jurisdicción justificando, a través de esa propuesta metodológica, la que luego sustentaría ya vigente el texto constitucional, a través de las denominadas “Teorías Abstractas de la Acción”. De igual modo, el Prof. Dr. Saavedra Gallo aludió a la importante aportación metodológica del Prof. Dr. Almagro Nosete relativa a ubicar en el centro del ejercicio de la Jurisdicción a la persona y el régimen de garantías procesales que debían tutelarla para contraponer esta aportación metodológica respecto de la procesalística que considera la Jurisdicción como un “Acto de Poder” que se impone a la persona dejando a un lado la importante proyección de garantía procesal que esa misma Jurisdicción ha de tutelar.
El acto fue clausurado por el Prof. Dr. Lorca Navarrete que tras agradecer a la Prof. Dra. Luz Castillo su presencia en el mismo y tras agradecer igualmente las importantes enseñanzas que había recibido del Prof. Dr. Almagro Nosete procedió a realizar una glosa de su metodología no tanto de presente, ya realizada por los profesores que le habían procedido, como de futuro. Así el Prof. Dr. Lorca Navarrete con apoyo y sustento de la metodología garantista del Prof. Dr. Almagro Nosete propugnó la conceptuación del proceso como un DERECHO HUMANO UNIVERSAL""Derecho", porque con arreglo a la enseñanza del Prof. Dr. Almagro Nosete el “derecho al proceso o a la Jurisdicción” ha de ser reconocido a todas las personas como así lo hace el vigente texto constitucional al acoger las llamadas “Teorías Abstractas de la Acción”. "Humano" porque el proceso no es la consecuencia de una concepción de la Jurisdicción como “acto de poder” sobre la persona ni por tanto de proyección autoritaria sobre la misma. Muy al contrario, el proceso debe ubicar en su epicentro a la persona misma y a su régimen de garantías procesales. Y "universal" porque ese régimen de garantías procesales que se sustenta en el proceso como “derecho al proceso o a la Jurisdicción” y “humano” es en el momento presente y también en el futuro universal en la medida en que esas garantías procesales ya provengan del sistema jurídico del civil law como del sistema jurídico del common law son objetivables y por lo tanto el enjuiciamiento a nivel de garantías procesales que realice un juez de Nueva York, Madrid o Berlín tiene que ser y debe ser objetivamente el mismo.
Con las palabras del Prof. Dr. Lorca Navarrete, se procedió por él mismo a clausurar el acto académico In Memoriam del Prof. Dr. José Almagro Nosete reiterando una vez más de forma muy efusiva, su agradecimiento a la viuda del Prof. Dr. Almagro Nosete por su presencia en este emotivo acto académico In Memoriam del Prof. Dr. José Almagro Nosete.
Prof. Dr. Dr. Dr. h. c. mult. Antonio María Lorca Navarrete
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad del País Vasco /EHU (España)
En la parte inferior diversos momentos de la celebración del acto académico.
 



 
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