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COMUNICACIÓN DE LA SITUACIÓN DE INSUFICIENTE MASA ACTIVA PARA EL PAGO DE LOS CRÉDITOS CONTRA LA MASA (ARTICULO 176 BIS DE LA LEY CONCURSAL)

   

 

COMUNICACIÓN DE LA SITUACIÓN DE INSUFICIENTE MASA ACTIVA PARA EL PAGO DE LOS CRÉDITOS CONTRA LA MASA (Articulo 176 bis de la ley concursal)

 

 
 
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE [.....]
Don [.....], Auditor de Cuentas registrado, que actúa como administrador concursal del procedimiento de concurso de Construcciones Pérez S: A, en la Sección primera de los autos que se siguen con el número [ ...]/12, comparezco y como mejor proceda en Derecho,
 
DIGO
 
Primero.- Que mediante auto de fecha [.] de [...] de 2.012, se declaró el estado de insolvencia de la citada mercantil, se inició el presente procedimiento abreviado y fui nombrado administrador concursal único de la misma, en régimen de intervención de sus funciones.
 
Segundo.- En cumplimiento del mandato judicial intervine las cuentas bancarias de la concursada, se me facilitó el acceso a la contabilidad de los últimos años; y he inspeccionado las instalaciones de la demanda, comprobando, asimismo, en los registros públicos la titularidad de los bienes inmuebles que se relacionaban en el inventario acompañado a la solicitud de concurso. De esta forma, el [.] de  de 2.012, y dentro del plazo legal señalado en el arto 191.1 LC, presenté el preceptivo inventario con relación detallada de los bienes que integran la masa activa. Se acompaña, como anexo n° 1, copia del informe que obra en autos.
 
Tercero.- Asimismo, tras alcanzar un acuerdo con el comité de empresa, en fecha [.] de […] de 2.012, se presentó un expediente de extinción colectiva de los 24 trabajadores que componen la plantilla, incoándose el correspondiente incidente con remisión directa a la autoridad laboral sin necesidad de abrir periodo de consultas, conforme a arto 64.6.pfo.3° LC; presentándose posteriormente informe favorable al acuerdo. A partir de lo cual, el Juzgado a quien me dirijo, homologó el mismo mediante auto dictado el [.] de [...] de 2.012; en el que se reconoció a cada trabajador una indemnización de 28 días trabajados con un máximo de quince mensualidades.
 
Cuarto.- El [.] de [...] de 2.012, y tras haber comunicado vía electrónica, la propuesta del mismo a los acreedores que habían hecho constar su dirección electrónica; se presentó informe de los créditos concursales (que se adjunta como anexo nº 2), en el que se incluyó una relación de créditos contra la masa pendientes de pago, por importe global de […] euros, y que se detallan a continuación:

- [….] euros correspondientes a los 30 últimos días, anteriores a la declaración concursal, que se adeudan globalmente a los trabajadores, por las nómina relativa al mes de […] de 2.012

- [ ... ] euros correspondientes a los honorarios pendientes de abonar al Letrado instante del concurso.

- [. .. ] euros correspondientes a los derechos pendientes de abonar al Procurador de la entidad concursada.
 
- [ ... ] euros correspondientes a los honorarios de esta administración concursal, fijados, con carácter provisional, por auto dictado el [.] de [. .. ] de 2.012.
 
- [ ... ] euros por cuotas correspondientes a la Tesorería General de la Seguridad Social por las mensualidades de [ ... ], de [ ... ] y de [ ... ] de 2.012.
 
- [ ... ] euros, por las indemnizaciones correspondientes a la extinción de los contratos de los trabajadores, a pagar a los mismos, o al Fondo de Garantía Salarial, por las cantidades por el mismo abonados, conforme a arto 84.5 LC.
 
- [ ... ] euros por las cuotas del arrendamiento del pabellón industrial correspondientes a los meses de [ ... ] y [ ... ] de 2.012, previos a la resolución del contrato operada por sentencia de fecha [.] de [ .. .] de 2.012, y el posterior desalojo del inmueble.
 
Quinto.- A partir de todo ello, se aprecia una evidente insuficiencia de masa activa para abonar los créditos contra la masa; toda vez que se computa un total de [ ... ] euros, como valor líquido realizable de la masa activa, libre de cargas hipotecarias; y susceptible de ser aplicado al pago de créditos contra la masa, conforme a arts 154 y 155 LC. Así, se relacionan los siguientes bienes:
              - [ . ] euros en la cuenta n° [ ... ] del Banco [ ... ]
              - [ . ] euros correspondientes a derechos de crédito frente a la entidad Lorenzo SA, objeto
de reclamación en el procedimiento ordinario 184/12, tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia n° 24 de Madrid.
              - [ . ] euros correspondientes al valor de los vehículos [. .... ] y [ ..... ] con placas de matrícula
    [ ... ] y [ . ]
              - [ ... ] euros por el valor del lote de artículos que se relaciona en el anexo n° 3 acompañado a esta comunicación.
             - [ ... ] euros correspondientes al valor de la lonja sita en la calle [ ..... ] de Madrid e inscrita en el Registro de la Propiedad n° 7 de Madrid, al tomo [.], libro [.], folio [.], finca [ ..... ]. Bien inmueble que se haya hipotecado a favor del Banco [ ..... ], cuyo crédito ha sido reconocido, con el referido privilegio especial, en la lista de acreedores.

               Sexto.- En consecuencia, se realiza la presente comunicación con objeto de que se ponga de manifiesto en la oficina judicial a las partes personadas, con arreglo a arto 176.bis 2, a fin de que tengan conocimiento de la situación referida. Asimismo, se informa que se procederá a pagar los créditos contra la masa relacionados, conforme al orden previsto en el precepto legal señalado; sin perjuicio de sin perjuicio de su posterior detalle en la rendición de cuentas del mencionado informe 176 bis LC. En consecuencia, la masa activa existente, que no se encuentra afecta al pago de créditos con privilegio especial, se distribuirá conforme al siguiente orden: - Se abonarán los créditos de los 30 últimos días, anteriores a la declaración concursal de los trabajadores, por las nómina relativa al mes de [ ... ] de 2.012. con el límite del el doble del salario mínimo interprofesional. 

- Se abonarán las indemnizaciones correspondientes a la extinción de los contratos de los trabajadores, tanto a ellos o al Fondo de Garantía Salarial, previo pago por parte del mismo; con el límite del triple del salario mínimo interprofesional por el número de días de salario pendientes de pago.

- Se abonarán los honorarios del letrado instante del concurso, los derechos del procurador y los honorarios de esta administración concursal.

- y con el resto de la masa activa que se pueda realizar se abonarán los restantes créditos contra la masa, con arreglo al orden de vencimiento previsto en el arto 84.3.
 
En virtud de lo expuesto,

             SUPLICO AL JUZGADO, que teniendo por presentado escrito, se sirva admitirlo, yen mérito a lo manifestado, se sirva tener por comunicado la situación de insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa. Y de esta manera, se ponga de manifiesto tal cir­cunstancia a las partes. Una vez se distribuya la masa activa según el orden previsto en el arto 1 76 bis 2; se presentará el informe justificativo que ordene el apartado tercero del citado pre­cepto legal.

           Reitero Justicia en lugar y fecha 'ut supra'.
Firma de Abogado y número de colegiado: [ ..... ] Firma del Procurador: [ ..... ]


 
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